Derecho de familia

La audiencia de divorcio voluntario: qué esperar

Le fijaron fecha de audiencia y no sabe qué va a pasar ahí. No es un juicio ni un interrogatorio: esto es lo que ocurre, paso a paso.

Por el Lic. Sergio Alvarez, Abogado y Notario Actualizado el 6 de septiembre de 2026 Lectura de 5 minutos
Respuesta corta

La audiencia se llama junta conciliatoria y en ella ambos cónyuges comparecen ante el juzgado de familia. No se trata de que el juez intente reconciliarlos: lo que se verifica es que la voluntad de separarse sea libre y que el convenio refleje lo acordado por ambos, con atención especial a lo relativo a los hijos. Ambos deben comparecer, en persona o por medio de mandatario.

Junta

La audiencia se conoce como junta conciliatoria

Ambos

Los dos cónyuges deben comparecer, en persona o por mandatario

Breve

Cuando el convenio está bien preparado, es una diligencia corta

Qué es la junta conciliatoria

Es la audiencia en la que ambos cónyuges comparecen ante el juzgado de familia dentro del trámite de divorcio por mutuo consentimiento.

Su nombre desconcierta a mucha gente: «conciliatoria» suena a que alguien intentará reconciliarlos. En rigor, la diligencia sirve para que el juzgado verifique que la voluntad de ambos es efectivamente la de separarse y que lo acordado en el convenio proviene de ambos, no de la imposición de uno.

No es un interrogatorio ni un juicio. Es la verificación de que ambos están de acuerdo y de que el acuerdo protege adecuadamente a los hijos.

Qué ocurre durante la audiencia

Identificación de los comparecientes

Se verifica la identidad de ambos cónyuges y la de sus abogados. Si alguno comparece por medio de mandatario, se acredita el mandato correspondiente.

Ratificación de la voluntad

Cada cónyuge manifiesta que su voluntad de divorciarse es libre y que el convenio presentado refleja lo acordado entre ambos.

Revisión del convenio

El juzgado examina los puntos del convenio, con atención particular a lo relativo a los hijos y a la garantía ofrecida para el cumplimiento de las obligaciones.

Cierre de la diligencia

Se documenta lo actuado. Si el juzgado estima que algo debe ampliarse o corregirse, lo señala en ese momento.

Cómo prepararse

  • Lleve su DPI vigente. Es lo primero que se verifica.
  • Conozca el convenio. No basta con haberlo firmado: debe saber qué dice, porque se le preguntará si refleja lo acordado.
  • Llegue con margen de tiempo. Los juzgados tienen agenda ajustada y una llegada tardía puede costar la reprogramación.
  • Vaya vestido con formalidad. No es un requisito legal, pero es una sede judicial.
  • Coordine con su abogado la víspera. Cualquier duda debe resolverse antes, no en la sala.

Qué puede salir mal

  • Que uno de los cónyuges no comparezca. La diligencia no puede celebrarse y debe reprogramarse, con la demora que ello implica.
  • Que la garantía se estime insuficiente. Conforme al artículo 165 del Código Civil, no puede declararse el divorcio mientras no estén suficientemente garantizadas la alimentación y educación de los hijos. Si el juez lo considera necesario, ordena ampliarla.
  • Que aparezca un desacuerdo no resuelto. Si en la audiencia se evidencia que no hay acuerdo real, el asunto deja de tramitarse como voluntario.
  • Que el mandato sea insuficiente. Un poder sin facultades judiciales expresas no habilita a comparecer por el cónyuge ausente.

La audiencia refleja la preparación previa

Cuando el convenio está bien redactado y ambos cónyuges saben qué contiene, la diligencia es breve y sin sobresaltos. Los problemas que aparecen en la audiencia casi siempre se originaron semanas antes, al redactar el convenio con prisa o sin conversarlo.

Consultar por WhatsApp

Qué sigue después de la audiencia

Celebrada la junta y aprobado el convenio, el proceso avanza hacia la sentencia que declara disuelto el vínculo conyugal.

Queda entonces un paso que muchos pasan por alto: la inscripción de la sentencia en el RENAP. Hasta que eso ocurre, el estado civil sigue apareciendo como casado para todo efecto práctico, incluido un eventual nuevo matrimonio.

Si uno de los cónyuges vive fuera

No es necesario que viaje para la audiencia. Puede otorgar un mandato especial judicial con representación que faculte a su abogado para comparecer en su nombre ante el juzgado de familia.

La vía más rápida para otorgarlo es ante un Abogado y Notario guatemalteco que ejerza en su ciudad, con lo que se evitan la apostilla y la traducción jurada. Si no lo hay, se otorga ante notario público local y se apostilla.

Conviene gestionarlo con anticipación: si el mandato no está listo y acreditado el día de la audiencia, la diligencia se reprograma.

Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Cada caso tiene particularidades que pueden cambiar el procedimiento aplicable. Antes de tomar decisiones con efectos jurídicos, consulte su situación concreta con un abogado.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la junta conciliatoria en un divorcio voluntario?

Es la audiencia en la que ambos cónyuges comparecen ante el juzgado de familia dentro del trámite de divorcio por mutuo consentimiento. Sirve para verificar que la voluntad de ambos es libre y que el convenio presentado refleja lo acordado entre ellos, con atención particular a lo relativo a los hijos.

¿Deben asistir los dos cónyuges?

Sí, ambos deben comparecer, personalmente o por medio de mandatario. Si uno no comparece ni acredita mandato suficiente, la diligencia no puede celebrarse y debe reprogramarse.

¿El juez intentará reconciliarnos?

El nombre de la diligencia genera esa impresión, pero en la práctica lo que se verifica es que la voluntad de separarse sea libre y que el acuerdo provenga de ambos, no de la imposición de uno de ellos.

¿Qué debo llevar a la audiencia?

Su DPI vigente y conocimiento claro del contenido del convenio, ya que se le preguntará si refleja lo acordado. Conviene llegar con margen de tiempo y coordinar cualquier duda con su abogado antes de la diligencia.

¿Qué pasa si el juez considera insuficiente la garantía?

Ordena ampliarla. Conforme al artículo 165 del Código Civil, no puede declararse el divorcio mientras no estén suficientemente garantizadas la alimentación y la educación de los hijos. El proceso continúa una vez subsanado ese punto.

¿Puedo comparecer si vivo en el extranjero?

No necesita viajar. Puede otorgar un mandato especial judicial con representación que faculte a su abogado para comparecer en su nombre. Conviene gestionarlo con anticipación, porque si no está acreditado el día de la audiencia, la diligencia se reprograma.

¿Qué sigue después de la audiencia?

El proceso avanza hacia la sentencia que declara disuelto el vínculo conyugal. Luego debe inscribirse la sentencia en el RENAP: hasta que eso ocurre, el estado civil sigue apareciendo como casado para todo efecto práctico.

¿Cuánto dura la audiencia?

Cuando el convenio está bien preparado y ambos cónyuges saben qué contiene, es una diligencia breve. Los problemas que aparecen en la audiencia casi siempre se originaron antes, al redactar el convenio con prisa o sin haberlo conversado.

Retrato del Lic. Sergio Alvarez, Abogado y Notario

Lic. Sergio Alvarez

Abogado y Notario colegiado activo en Guatemala, con más de 13 años de ejercicio en materia notarial, corporativa y registral. Atiende con regularidad a guatemaltecos residentes en Estados Unidos, España y Canadá.

Ver perfil completo · Ver todos los servicios

Continuar

Páginas relacionadas

¿Necesita ayuda?

¿Tiene dudas sobre su audiencia?

Escríbanos indicando en qué etapa está su proceso. Le explicamos qué esperar y qué conviene tener resuelto antes de la diligencia.

Alvarez Hernández & Asociados, Abogados y Notarios
Lic. Sergio Alvarez
Boulevard Los Próceres 24-69, Zona 10
Empresarial Zona Pradera, Torre II, Oficina 802
Ciudad de Guatemala
WhatsApp: +502 2261-7501