Mandatos generales y especiales
Otorgamiento e inscripción en unas 36 horas.
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Responda cinco preguntas o menos. A la derecha se arma, en vivo, la ficha de su mandato: tipo, facultades, dónde firmarlo, apostilla e inscripción.
Ficha de su mandato
Marque lo que ya tiene.
Elija cómo quiere recibirlo. El Lic. Sergio Alvarez recibe una copia para poder orientarle si lo necesita.
Definimos las facultades exactas y lo inscribimos en unas 36 horas desde el expediente completo. Cotización sin costo.
Consultar por WhatsAppEl mandato general autoriza a administrar sus asuntos de forma amplia; el especial autoriza uno o varios actos concretos, identificados con precisión en el documento.
No necesariamente. Para vender o gravar bienes se requiere facultad expresa. Lo habitual es otorgar un mandato especial que identifique el inmueble con sus datos registrales.
Que el mandatario actúa en nombre de usted y los efectos del acto recaen directamente en su patrimonio, como si usted hubiera firmado.
Si lo firma ante un abogado y notario guatemalteco en su ciudad, no. Si lo firma ante un notario público de Estados Unidos, se apostilla en la Secretaría de Estado del estado donde se firmó.
Aproximadamente 36 horas desde que tenemos el expediente completo: el mandato firmado y, si corresponde, apostillado y traducido.
Es orientativo. Las facultades exactas se definen al revisar su trámite por WhatsApp.
Resultado orientativo. Esta herramienta se basa solo en sus respuestas y no constituye asesoría legal ni una auditoría. Para decidir, revise su caso concreto con un abogado.
Para profundizar
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Leer la guíaLas dos vías para otorgar su mandato.
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